Criterios de Evaluación para Acreditación
Noviembre 2018
APRUEBA CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS PROFESIONALES, CARRERAS PROFESIONALES CON LICENCIATURA Y PROGRAMAS DE LICENCIATURA.
SANTIAGO, 3 de agosto de 2015.
RESOLUCIÓN EXENTA Nº OJ 009-4
VISTOS:
Lo dispuesto en la Ley Nº 20.129, de 2006, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; Acta Sesión Ordinaria Nº 895 de 22 de julio de 2015, de la CNA; y la Resolución Nº 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 31 de la Ley Nº 20.129, señala que en los casos en que no exista ninguna agencia autorizada para acreditar carreras o programas de pregrado en una determinada área del conocimiento, a solicitud de una institución de educación superior, corresponderá a la Comisión desarrollar directamente tales procesos de acreditación.
Que, el 34 de la citada Ley, establece que las agencias de acreditación para ser autorizadas a funcionar como tal, deben cumplir con las condiciones de operación que allí se indican, en especial, con la existencia y aplicación de criterios de evaluación que sean equivalentes, en lo sustancial, a los que defina la Comisión.
Que, los Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciaturas y, Programas de Licenciatura, fueron analizados por el Comité Consultivo de Pregrado de la CNA y por el Pleno de la misma. Posteriormente fueron sometidos a consulta pública.
Que, las observaciones recibidas en el proceso de consulta pública fueron conocidas por el Comité Consultivo, generando, a partir de ellas, una propuesta final de criterios de evaluación. Que, la Comisión en Sesión Ordinaria Nº 895, de 22 de julio de 2015, aprobó los Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciaturas y, Programas de Licenciatura.
RESUELVO:
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébense los Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciaturas y, Programas de Licenciatura, cuyo texto se transcribe a continuación :
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS PROFESIONALES, CARRERAS PROFESIONALES CON LICENCIATURA Y PROGRAMAS DE LICENCIATURA1
1 Para efecto de facilitar el juicio evaluativo, se han agrupado los criterios de evaluación en "dimensiones", cada una de las cuales da cuenta de un tema más general a evaluar. Adicionalmente, y con el ánimo de facilitar tanto la autoevaluación como la evaluación externa, para cada uno de los criterios, la Comisión enumera orientaciones en la forma de "aspectos a considerar", para la evaluación del cumplimiento de cada uno de los criterios. El análisis de los "aspectos a considerar"' debiera conducir a una conclusión respecto al grado en que se cumplen los criterios. Debe tenerse en cuenta, sin embargo, que para establecer que un criterio determinado se cumple, no es obligación que todos los "aspectos a considerar" estén presentes.
Dimensión Propósitos e lnstitucionalidad de la Carrera o Programa
Criterio 1 : Propósitos
Criterio 2: Integridad
Criterio 3: Perfil de Egreso
Criterio 4: Plan de Estudios
Criterio 5: Vinculación con el Medio
Dimensión Condiciones de Operación
Criterio 6: Organización y Administración
Criterio 7: Personal Docente
Criterio 8: Infraestructura y Recursos para el Aprendizaje
Criterio 9: Participación y Bienestar Estudiantil
Criterio 10: Creación e Investigación por el Cuerpo Docente
Dimensión Resultados y Capacidad de Autorregulación
Criterio 11 : Efectividad y Resultado del Proceso Formativo
Criterio 12: Autorregulación y Mejoramiento Continuo
l.- DIMENSIÓN PROPÓSITOS E INSTITUCIONALIDAD DE LA CARRERA O PROGRAMA.
CRITERIO 1: PROPOSITOS.
1. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con una clara definición de sus objetivos y metas, planifica la gestión académica y económica y dispone de mecanismos que permiten evaluar el logro de los propósitos definidos para la carrera o programa.
1. a. La unidad que imparte la carrera o programa planifica sus actividades académicas, establece indicadores académicos de gestión y despliega metas que orientan la asignación de recursos.
1. b. La carrera o programa declara su razón de ser y explicita la población estudiantil a la que se orienta, el campo ocupacional para el que se prepara a los estudiantes y el proyecto educativo que guía el respectivo proceso formativo.
1. c. Los propósitos de la carrera o programa son coherentes con la misión institucional y cuenta con objetivos de gestión claros y verificables.
CRITERIO 2: INTEGRIDAD.
2. La unidad demuestra su capacidad para avanzar responsablemente en el cumplimiento de sus propósitos mediante la existencia de planes de desarrollo que incluyen los requerimientos de la carrera o programa. Asimismo, la carrera o programa cumple con sus reglamentos, obligaciones y oferta académica.
2. a. La carrera o programa cuenta con reglamentación específica que establece los derechos y deberes de los estudiantes, tales como: carga académica prevista, calificaciones, normas relativas a la admisión, inclusión, promoción, permanencia y titulación, realización de prácticas profesionales, procedimientos y disposiciones de homologación, convalidación de estudios previos, comportamiento estudiantil, entre otros.
2. b. La unidad que imparte la carrera o programa respeta y aplica los estatutos Y reglamentos institucionales que norman el actuar del personal docente, técnico y administrativo y, en particular, permite la organización en función de sus intereses estamentales.
2. c. Toda la información (académica, administrativa y financiera) que se difunde sobre la carrera o programa es específica, oportuna y fiel a su realidad. El mismo criterio se aplica a la publicidad o difusión que se realiza sobre ella. 2. d. La carrera o programa proporciona a los estudiantes los servicios publicitados, difundidos o comprometidos, respetando las condiciones esenciales de enseñanza bajo las cuales éstos ingresaron a aquella.
2. e. La información relativa a los procesos académicos de los estudiantes es confiable, está registrada de manera adecuada y contempla mecanismos para corregir posibles errores en los registros. Esta información está disponible oportunamente para el estudiante.
2. f. Las carreras o programas que sean impartidos en sedes, jornadas o modalidades diferentes, reúnen un conjunto de requisitos, procesos, mecanismos y recursos que garantizan el cumplimiento de los perfiles de egreso establecidos en condiciones equiparables en todas ellas. Es decir, el objeto es que en cualquiera de las instancias ofrecidas, los estudiantes logren los conocimientos, competencias y habilidades declaradas en dicho perfiles.
CRITERIO 3: PERFIL DE EGRESO.
3. La carrera o programa cuenta con un perfil de egreso pertinente, actualizado, validado, difundido y conocido por la comunidad académica. Además, la carrera o programa ha establecido mecanismos sistematizados de monitoreo, evaluación y decisión conducentes a reunir evidencias sustantivas del cumplimiento del perfil de egreso.
3.a. La institución de educación superior en que se imparte la carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos de aseguramiento de la calidad que reafirman la consistencia entre el perfil de egreso, la misión, la visión y los propósitos institucionales.
3.b. El perfil de egreso declarado por la carrera o programa es consistente con la denominación del título o grado entregado. El perfil de egreso es atingente al nivel educacional de la carrera o programa.
3.c. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos destinados a captar los requerimientos del medio en el ámbito disciplinar y/o profesional que le son propios, retroalimentando su acción en los ámbitos de perfil de egreso.
3.d. La unidad que imparte la carrera o programa demuestra contar con políticas y mecanismos que le permiten conocer el estado del arte de los fundamentos científicos, disciplinarios o tecnológicos que subyacen a la formación que se propone entregar, considerándolos en la definición de los perfiles de egreso declarados. Estos mecanismos contemplan una revisión periódica del perfil de egreso, con una periodicidad equivalente, como mínimo, a la duración del plan de estudios.
3. e. El perfil de egreso de la carrera o programa está expresado en forma precisa, completa y explícita.
3. f. El perfil de egreso considera las características distintivas de cada mención, cuando éstas existan.
3. g. El perfil de egreso es difundido adecuadamente, tanto interna como externamente, siendo conocido por la comunidad académica y el medio externo relevante.
3. h. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con mecanismos sistematizados y documentados de monitoreo y evaluación, que permiten demostrar que sus titulados efectivamente alcanzan el perfil de egreso declarado.
CRITERIO 4: PLAN DE ESTUDIOS.
4. La carrera o programa cuenta con procesos sistemáticos y documentados para el diseño e implementación de su proceso de enseñanza aprendizaje que se orienta al logro del perfil de egreso. Existen políticas y mecanismos de evaluación periódica de los cursos ofrecidos, en función de los objetivos de aprendizaje declarados.
4. a. La carrera o programa estructura su plan de estudios, programas de asignaturas y actividades curriculares en función del perfil de egreso (considerando lo que los estudiantes deben saber y ser capaces de hacer al término de su formación).
4. b. El plan de estudios identifica las áreas de formación - general, disciplinaria, profesional y complementaria - que conducen al perfil de egreso, explicitando las actividades curriculares y de desarrollo personal tendientes a proveer una formación integral.
4. c. La carrera o programa establece objetivos de aprendizaje e instrumentos de evaluación, susceptibles de verificación y pertinentes al perfil de egreso. Dichos objetivos de aprendizaje y evaluaciones pueden establecerse a nivel de cada asignatura o de ciclos (niveles) de formación.
4. d. El plan de estudios considera actividades teóricas y prácticas de manera consistente e integrada. Para ello, la carrera o programa cuenta, cuando sea necesario para el logro del perfil de egreso, con alianzas efectivas con empleadores para realizar pasantías, prácticas clínicas o profesionales de calidad, durante su desarrollo, de modo de que los estudiantes logren los conocimientos, habilidades y la disposición necesaria para ejercer eficazmente su futura actividad ocupacional.
4. e. El plan de estudios incluye el desarrollo de competencias transversales o genéricas, tales como: comunicación oral y escrita, pensamiento crítico, solución de problemas, desarrollo de relaciones interpersonales, autoaprendizaje e iniciativa personal, trabajo en equipo y uso de tecnologías de información.
4.f. El plan de estudios y las actividades curriculares correspondientes se dan a conocer de manera formal y sistemática a los estudiantes.
4.g. La unidad que imparte la carrera o programa, de manera coherente con los lineamientos institucionales, incluye en ella actividades formativas que promueven el comportamiento ético, la responsabilidad social e individual, la construcción de ciudadanía y la democracia, en un marco de inclusión, de respeto a la diversidad, a los derechos humanos y al medio ambiente.
4.h. La institución, la unidad y la carrera o programa dispone de un sistema que permite cuantificar el trabajo académico real de los estudiantes en unidades comparables (créditos u horas cronológicas), según un estándar razonado y proporcional definido en el reglamento académico de la institución de que se trate. Se sugiere adherir, de preferencia, al Sistema de Créditos Transferibles (SCTChile).
4.i. Para el proceso de titulación o graduación, los estudiantes desarrollan una o más actividades en las que demuestran su capacidad para integrar la formación disciplinaria y profesional recibida de acuerdo al perfil de egreso definido. Dichas actividades son parte del plan de estudios y son consideradas dentro de la duración declarada de la carrera o programa.
4.j. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos para evaluar periódicamente el plan de estudios y los cursos ofrecidos, proponer modificaciones y mantenerlo actualizado en todas sus sedes, jornadas y modalidades, cuando las haya.
4. k. La unidad que imparte la carrera o programa recoge información en el medio relevante respecto de la situación de ocupación y desempeño de los egresados de la misma y utiliza los antecedentes obtenidos para actualizar y perfeccionar los planes de estudio.
4. l. En el caso que el perfil de egreso de una carrera o programa tenga como requerimiento el dominio de un segundo idioma, dicho conocimiento se exigirá en los procesos de admisión o se proveerán oportunidades de aprendizaje, ejercicio y evaluación, vía el plan de estudios.
4. m. La carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos que aseguran que los contenidos que se entregan, las habilidades y competencias que se adquieren y las actitudes que se desarrollan en las diversas actividades curriculares, cubren adecuadamente las especificaciones del plan de estudios.
4. n. La unidad que imparte la carrera o programa identifica y promueve actividades de educación continua de sus egresados.
CRITERIO 5: VINCULACIÓN CON EL MEDIO.
5. La vinculación con el medio es un componente esenéial del quehacer de la carrera o programa que orienta y fortalece el perfil de egreso y el plan de estudios. Existe una interacción sistemática, significativa y de mutuo beneficio con agentes públicos, privados y sociales relevantes, de carácter horizontal y bidireccional. Existen políticas y mecanismos de evaluación periódica de impacto de las actividades de vinculación con el medio.
5. a. La unidad que imparte la carrera o programa c1:1enta con políticas y mecanismos destinados a interactuar con el medio, lo cual permite captar los requerimientos de éste, en el ámbito disciplinar y profesional que le son propios, retroalimentando el perfil de egreso, plan de estudios, selección del cuerpo docente y proyección ocupacional de los estudiantes.
5. b. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta, de manera consistente con los lineamientos institucionales, con instancias y mecanismos formales y sistemáticos para organizar, financiar y ejecutar las actividades de vinculación con el medio.
5. c. La carrera o programa define y prioriza las actividades de vinculación con el medio en aquellos campos de interacción que son demandados por los grupos sociales y son pertinentes a su ámbito, estableciendo los objetivos precisos de las actividades de vinculación con el medio.
5. d. La carrera o programa otorga facilidades para el conocimiento mutuo entre sus estudiantes y eventuales fuentes ocupacionales de la profesión.
5. e. La unidad que imparte la carrera o programa promueve la vinculación de docentes y estudiantes con ideas, información y trabajos de profesionales y agentes o expertos externos a la institución.
5. f. La carrera o programa monitorea las actividades de vinculación con el medio y evalúa su impacto en función del cumplimiento de objetivos.
II.- DIMENSIÓN ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN.
CRITERIO 6: ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN.
6. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con un adecuado sistema de gobierno y una gestión docente y administrativa eficiente y eficaz de los recursos necesarios para el logro del título o grado.
6. a. La unidad cuenta con normativa y reglamentación que le dan estabilidad y sustentabilidad a la carrera o programa.
6. b. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con un cuerpo directivo calificado y con dedicación suficiente para cumplir con las responsabilidades, funciones y atribuciones establecidas.
6. c. La carrera o programa cuenta con al menos un directivo que supervisa la asignación de tareas, provisión de los recursos, el registro y procesamiento de la información para el control de gestión y, convoca a los docentes, personal de apoyo y a las demás instancias que concurren para impartir la carrera o programa, según lo establecido en el plan de estudios.
6. d. La unidad que imparte la carrera o programa dispone de personal administrativo, técnico y de apoyo debidamente capacitado, suficiente en número y con dedicación horaria en relación con la jornada-modalidad, como para cumplir adecuadamente sus funciones y cubrir las necesidades de desarrollo del plan de estudios.
6. e. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con sistemas de información y herramientas de gestión académica y administrativa adecuadas a las necesidades de gestión y comunicación en la carrera o programa.
6. f. La institución en que se imparte la carrera o programa cuenta con instancias para la comunicación y participación del personal administrativo, técnico y de apoyo, que facilitan las actividades para el cumplimiento de los propósitos institucionales.
6. g. La carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos que le permiten enfrentar amenazas sustanciales a su buen funcionamiento académico o su estabilidad económica.
6. h. La institución ha comprometido recursos financieros que garantizan la sustentabilidad de la carrera o programa y que aseguran la permanencia proyectada de los estudiantes de ésta en el tiempo.
6. i. La carrera o programa dispone de un presupuesto anual actualizado y fundamentado, que le permite mantener condiciones adecuadas para su funcionamiento con mecanismos eficaces de control presupuestario.
6. j. Existe un plan de inversiones en ejecución en la unidad que imparte la carrera o programa, acorde a sus planes de desarrollo y que fortalece el proyecto educativo de aquella.
CRITERIO 7: PERSONAL DOCENTE.
7. La carrera o programa cuenta con personal docente suficiente e idóneo de modo de cumplir cabalmente con todas las actividades y aprendizajes comprometidos en el plan de estudios, lo que permite a sus estudiantes avanzar sistemáticamente hacia el logro del perfil de egreso.
7. a La dotación, permanencia y dedicación del personal docente garantiza la implementación del plan de estudios, en cuanto al cumplimiento de la docencia directa y actividades propias del proceso de enseñanza aprendizaje (evaluaciones, trabajos prácticos, preparación de tareas y ejercicios, uso de tecnologías de la información y la comunicación), como también respecto de la supervisión del proceso de enseñanza aprendizaje y la atención y guía de los estudiantes fuera del aula.
7. b. La carrera o programa demuestra disponer, en su conjunto, de docentes calificados y competentes para desarrollar el plan de estudios de acuerdo a sus propósitos y perfil de egreso. La calificación y competencia del personal docente considerará las necesidades disciplinares en cuanto a la formación académica recibida y su formación pedagógica, trayectoria en el campo científico, profesional, técnico o artístico, según corresponda.
7. c. La carrera o programa dispone de un núcleo de docentes/académicos de alta dedicación y permanencia, que en su conjunto lideran y le dan sustentabilidad en el tiempo al proyecto educativo, y permiten cubrir las necesidades del plan de estudios en todas las sedes, jornadas y modalidades.
7. d. La institución a la que pertenece la unidad que imparte la carrera o programa, cuenta con normas y mecanismos conocidos de selección, contratación, evaluación, promoción y desvinculación de los docentes, los que se aplican de manera formal y . sistemática, pudiendo disponer de normas especiales para dicha unidad.
7. e. La institución cuenta con políticas y mecanismos de perfeccionamiento que permiten la actualización y capacitación de los docentes de la carrera o programa, tanto en los aspectos pedagógicos como en los disciplinarios y profesionales.
7.f. La institución cuenta con mecanismos que permiten la evaluación de .la actividad del personal docente de la carrera o programa - en particular la información sobre los resultados de aprendizaje - los que se aplican de manera efectiva y sistemática en la administración de dicho personal. Estos mecanismos consideran, para la calificación de los docentes, la opinión de estudiantes, jefaturas y pares.
7. g. La carrera o programa cuenta con instancias de comunicación y participación de los docentes, claramente establecidas y conocidas, que facilitan la coordinación con las autoridades de la carrera respecto a las materias que son propias de sus funciones docentes.
CRITERIO 8: INFRAESTRUCTURA Y RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE.
8. La carrera o programa dispone de la infraestructura, recursos de aprendizaje y equipamiento requeridos para el logro de los resultados esperados en los estudiantes. Asimismo, la institución en que se imparte la carrera o programa aplica políticas y mecanismos para el desarrollo, la reposición, mantenimiento y seguridad de dichas instalaciones y recursos.
8. a. La carrera o programa posee infraestructura acorde a su naturaleza (como ser: aulas, laboratorios, talleres, bibliotecas, equipos, campos clínicos y experimentales, recursos computacionales, entre otros) suficiente y funcional a las necesidades del plan de estudios y a la cantidad de estudiantes. La propiedad de las instalaciones e infraestructura - o los derechos de la institución sobre ellosaseguran el desarrollo actual y futuro de la carrera o programa, y la calidad de la formación proporcionada a los estudiantes.
i. La unidad asegura a sus docentes y estudiantes el acceso a una biblioteca que disponga de instalaciones, equipos, personal especializado y procesos técnicos que permitan proporcionarles una adecuada atención. La biblioteca se constituye en un sistema de información con acceso a redes.
ii. La biblioteca cuenta con los recursos de información, físicos o virtuales (textos, libros, revistas científicas y otros materiales necesarios para desarrollar las actividades de la carrera o programa) debidamente actualizados, respetando los derechos de propiedad intelectual, concordantes con las necesidades del perfil de egreso, el plan de estudios y las orientaciones y principios institucionales. Igualmente, existen espacios físicos disponibles para el estudio, ya sea individual o grupal.
iii. La unidad dispone de recursos tecnológicos, computacionales y de apoyo al proceso de enseñanza aprendizaje, suficientes en cantidad, calidad y actualización. Dichos recursos contribuyen al desarrollo de las actividades propias de la carrera o programa, en sus aspectos pedagógicos, disciplinarios y profesionales.
iv. La unidad provee las facilidades necesarias para llevar a cabo prácticas profesionales, salidas a terreno, trabajos de titulación y de tesis o cualquier o cualquier otra actividad contemplada en el plan de estudios.
8. b. La unidad que imparte la carrera o programa cuenta con los recursos financieros necesarios para satisfacer sistemáticamente las necesidades de provisión, reposición, mantenimiento y actualización de la infraestructura, equipos y recursos para la enseñanza.
8. c. La unidad académica que imparte la carrera o programa cuida que exista un adecuado equilibrio entre el número de alumnos que ingresan a cada curso y el total de recursos disponibles, considerando sus docentes, su infraestructura, equipamiento y presupuesto.
8. d. La unidad académica que imparte la carrera o programa cuenta con protocolos de accesibilidad universal y seguridad, que son aplicados rigurosamente en recintos, instalaciones y recursos de aprendizaje.
CRITERIO 9: PARTICIPACIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL.
9. La institución en que está inserta la carrera o programa facilita la organización y participación de sus estudiantes en todas sus sedes, jornadas y modalidades. Asimismo, dispone de servicios para los estudiantes que les permiten informarse y acceder a financiamiento y beneficios.
9. a. Los estudiantes de la carrera o programa cuentan con información clara y oportuna sobre los servicios, beneficios y ayudas ofrecidos por la institución, el Estado y otros organismos afines.
9. b. La institución, unidad y la carrera o programa facilitan el desarrollo de mecanismos e instancias de participación y organización estudiantil para canalizar inquietudes intelectuales, sociales, deportivas, artísticas y buscar soluciones a problemas académicos.
9. c. Los estudiantes de la carrera o programa - en todas sus sedes, jornadas y modalidades- disponen de servicios de apoyo complementarios a la docencia, accesibles y con los horarios de atención necesarios, tales como: cafeterías, recintos deportivos, transportes y otros, que permite a los estudiantes tener una experiencia educacional satisfactoria.
CRITERIO 10: CREACIÓN E INVESTIGACIÓN FORMATIVA POR EL CUERPO DOCENTE.
10. La unidad, carrera o programa promueve, incentiva, gestiona y verifica que entre sus docentes se desarrollen trabajos y estudios que impacten positivamente la teoría y la práctica de la enseñanza, en forma consistente con la misión y visión institucional.
10. a. La unidad que imparte la carrera o programa promueve, incentiva, gestiona y verifica que sus docentes generen, publiquen o expongan trabajos y estudios conducentes a mejorar la docencia en la consecución del perfil de egreso. Los trabajos académicos pueden corresponder a :
i. Elaboración de materiales de enseñanza en las disciplinas propias de la carrera o programa.
ii. Aplicaciones que desarrollan nuevas tecnologías, procesos, herramientas y usos, explorando nuevos métodos de trabajo que tengan por objeto impactar la docencia en la disciplina respectiva.
10. b. Los docentes que en su conjunto constituyen el núcleo de alta dedicación y permanencia de la carrera o programa, han desarrollado, en los últimos 5. años, materiales educativos que contribuyen a la enseñanza en dicha carrera o programa.
10. c. La unidad a cargo de la carrera o programa mantiene relaciones académicas con centros, grupos, redes o programas dedicados a la investigación formativa para mejorar la docencia.
III.- DIMENSIÓN RESULTADOS Y CAPACIDAD DE AUTORREGULACIÓN.
CRITERIO 11: EFECTIVIDAD Y RESULTADO DEL PROCESO FORMATIVO.
11 . La carrera o programa cuenta con políticas y mecanismos de aseguramiento de la calidad referidos a la admisión, los procesos de enseñanza-aprendizaje y evaluación y, la progresión académica hacia la titulación o graduación. Estas políticas y mecanismos son objetivas, efectivas y se aplican consistentemente en relación con el perfil de egreso.
11 . a. La carrera o programa cuenta con reglamentos y mecanismos de admisión expl ícitos y de público conocimiento. Estas normas son aplicadas de manera sistemática en la admisión y son consistentes con las exigencias del plan de estudios. La carrera o programa explica su sistema de admisión especial cuando corresponda.
11 . b. La carrera o programa toma en cuenta las condiciones de ingreso de los estudiantes con respecto a los requerimientos del plan de estudios y provee recursos y actividades para la nivelación, toda vez que se requiera.
11 . c. La carrera o programa ha articulado políticas y mecanismos para:
i. Fortalecer los hábitos y técnicas de estudio de sus estudiantes.
ii. Tener una identificación temprana de problemas en la retención y progresión, aplicando medidas correctivas.
iii. Intervenir con estrategias de apoyo, para el mejoramiento de resultados de los estudiantes, cuando sea apropiado.
iv. Desvincular a estudiantes de la carrera o programa cuando corresponda, de acuerdo a la reglamentación vigente.
11 . d. La carrera o programa posee mecanismos de evaluación aplicados a los estudiantes, que permiten verificar el logro de los objetivos de aprendizaje definidos en el plan de estudios y programas de asignaturas. En particular, cuando el plan de estudios considera prácticas, la carrera o programa ha diseñado evaluaciones para medir la profundidad y amplitud de las experiencias vinculadas a ellas logradas por los estudiantes.
11. e. La carrera o programa cuenta con registros sistemáticos del rendimiento académico de sus estudiantes, quienes tienen acceso a la información de su avance. La carrera o programa evalúa la progresión de todos sus estudiantes, de manera desagregada (por sede, jornada y modalidad) cuando corresponda.
11 . f. La carrera o programa realiza un análisis sistemático de las causas de deserción, retención, progresión, asignaturas críticas y tiempos de titulación de los estudiantes, considerados por cohortes y, en caso de ser necesario, define y aplica acciones tendientes a su mejoramiento, resguardando el cumplimiento del perfil de egreso y toma decisiones respecto a los resultados obtenidos.
11 . g Los estudiantes de la carrera o programa tienen acceso a mecanismos de orientación o tutoría cuando sea necesario.
11. h. La carrera o programa aplica mecanismos que le permiten contar con información y análisis de la opinión y seguimiento de egresados y empleadores. Dicha información es utilizada para retroalimentar la formulación de las políticas y mecanismos de aseguramiento de la calidad, el perfil de egreso y el plan de estudios.
11 . i. La carrera o programa conoce las tasas de ocupación y características de empleabilidad de sus titulados/graduados y utiliza esta información para retroalimentar el perfil de egreso y el plan de estudios, realizando el ajuste necesario entre la formación impartida y los requerimientos del medio laboral.
CRITERIO 12: AUTORREGULACIÓN Y MEJORAMIENTO CONTINUO.
12. La carrera o programa cuenta con mecanismos de autorregulación y efectúa en forma sistemática procesos de autoevaluación y utiliza la información disponible, proveniente de los diagnósticos efectuados, para diseñar e implementar acciones de mejora continua. Además, la carrera o programa demuestra que implementa las acciones comprometidas en sus planes de mejoramiento o de desarrollo.
12. a. La institución a la que pertenece la carrera o programa revisa permanentemente sus normativas internas, actualizándolas cuando es necesario e informando de los cambios oportunamente.
12. b. La unidad que imparte la carrera o programa realiza periódicamente procesos de autoevaluación.
12. c. En el proceso de evaluación, la unidad identifica las fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades del proyecto educativo, a partir de lo cual desarrolla un plan de mejora realista y verificable, que contiene indicadores y metas, responsables, plazos y recursos asociados.
12. d. La carrera o programa utiliza instrumentos que le permiten progresar y fortalecer su capacidad de autorregulación, considerando los criterios de evaluación y las recomendaciones que impartan entidades de acreditación reconocidas.
12. e. Cuando, al momento del egreso, existan pruebas de conocimientos de alcance nacional, normas genéricas o específicas de habilitación o, certificaciones o marcos de cualificaciones sectoriales, nacionales o internacionales; éstas serán una referencia para la carrera o programa en su autoevaluación.
12. f. El proceso de autoevaluación considera la participación de informantes claves internos/externos - docentes, estudiantes, egresados y empleadores - y, el informe de autoevaluación es conocido y respaldado por la comunidad de la carrera o programa.
12. g. La carrera o programa cuenta con sistemas que le permiten disponer de información válida y confiable acerca de sus distintos ámbitos de acción.
12. h. El plan de mejora para la carrera o programa cuenta con el respaldo de los directivos de la institución y de la unidad, lo que se manifiesta en un plan de inversión que cuenta con el financiamiento necesario.
12. i. La carrera o programa cumple consistentemente las metas establecidas dentro de los sucesivos planes de desarrollo de la unidad en que opera, asegurando la calidad de la formación impartida.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los Criterios de Evaluación para la Acreditación de Carreras Profesionales, Carreras Profesionales con Licenciatura y Programas de Licenciatura, descritos en la presente resolución entrarán a regir una vez transcurridos doce meses contados desde la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial, fecha a partir de la cual se entenderán derogados los Criterios Generales de Evaluación para Carreras Profesionales y los Criterios Generales de Evaluación para Licenciaturas.
ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Los Criterios de Evaluación Específicos de carreras o programas que por acuerdo de la Comisión no hubiesen sido sustituidos, dentro del periodo de tiempo de doce mes.es consignados en el Artículo Segundo, se mantendrán vigentes aunque sujetos a las condiciones generales definidas en los presentes criterios en todo aquello que los modifique, supla o complemente.
Paula Beale Sepúlveda
Secretaria Ejecutiva Comisión Nacional de Acreditación.